Leyes sobre bicicletas eléctricas (e-bike) en el Unión Europea (UE) están estandarizados bajo Directiva de la UE 2002/24/CE (actualizado por Reglamento (UE) 168/2013), que clasifica las bicicletas eléctricas según su potencia, velocidad y si tienen un acelerador. Aquí hay un desglose de las regulaciones clave:
1. Clasificación de E-Bikes en la UE
Las bicicletas eléctricas en la UE se clasifican en dos tipos principales:
A. Pedelecs (EPACs – Bicicletas de Asistencia Eléctrica)
· Potencia del motor: Max 250W (potencia nominal continua).
· Asistencia de Velocidad: Corta a 25 km/h (15.5 mph).
· Asistencia de Pedal Solo: Sin acelerador (debe pedalear para activar el motor).
· Estado Legal: Tratado como bicicletas regulares—no se requiere licencia, registro ni seguro.
· Requisito de Edad: Varía según el país (a menudo 14+).
B. Pedelecs Rápidos (S-Pedelecs) y Bicicletas Eléctricas de Mayor Potencia
· Potencia del motor: Hasta 4,000W (pero típicamente limitado a 500W–1,000W la mayoría de los países).
· Asistencia de Velocidad: Hasta 45 km/h (28 mph).
· Acelerador: Algunos modelos pueden tener un acelerador (pero se aplican restricciones).
· Estado Legal: Clasificado como mopeds o vehículos L1e-A/L1e-B—requerir:
o Casco (a menudo estilo motocicleta).
o Licencia (varía: AM, M o licencia de automóvil en algunos países).
o Registro y Seguro (responsabilidad civil de terceros).
o Aprobación del Vehículo (se necesita aprobación de tipo).
2. Leyes de bicicletas eléctricas a nivel de la UE
· Reglas de Aceleración: La mayoría de los países de la UE no permitir la operación solo con acelerador (debe ser asistencia de pedal). Algunos permiten un modo de asistencia para caminar (hasta 6 km/h).
· Batería y Voltaje: Sin límites estrictos, pero la mayoría de las bicicletas eléctricas utilizan 36V o 48V sistemas.
· Iluminación y Reflectores: Obligatorio en muchos países (luz blanca delantera, luz roja trasera, reflectores).
· Frenos: Debe tener al menos dos sistemas de frenos independientes (por ejemplo, delantero y trasero).
3. Variaciones Específicas por País
Mientras que la ley de la UE establece un mínimo, algunos países tienen reglas adicionales:
País |
Diferencias Clave |
Alemania |
- Acelerador permitido hasta 6 km/h (modo de caminar). |
Francia |
- Sin limitador (solo asistencia de pedal estricta). |
Países Bajos |
- Límite estricto de 25 km/h; la policía hace cumplir la sintonización de velocidad. |
España |
- Se requiere casco todas las bicicletas eléctricas (incluso los modelos de 25 km/h). |
Reino Unido (post-Brexit) |
- Sigue reglas similares de la UE (250W, 25 km/h). |