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Q.ik. LA NUEVA MARCA EUROPEA DE EBIKES DE ALTA GAMA
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Regulaciones de bicicletas eléctricas en la Unión Europea

Regulaciones de bicicletas eléctricas en la Unión Europea

Leyes sobre bicicletas eléctricas (e-bike) en el Unión Europea (UE) están estandarizados bajo Directiva de la UE 2002/24/CE (actualizado por Reglamento (UE) 168/2013), que clasifica las bicicletas eléctricas según su potencia, velocidad y si tienen un acelerador. Aquí hay un desglose de las regulaciones clave:

1. Clasificación de E-Bikes en la UE

Las bicicletas eléctricas en la UE se clasifican en dos tipos principales:

A. Pedelecs (EPACs – Bicicletas de Asistencia Eléctrica)

·        Potencia del motor: Max 250W (potencia nominal continua).

·        Asistencia de Velocidad: Corta a 25 km/h (15.5 mph).

·        Asistencia de Pedal Solo: Sin acelerador (debe pedalear para activar el motor).

·        Estado Legal: Tratado como bicicletas regulares—no se requiere licencia, registro ni seguro.

·        Requisito de Edad: Varía según el país (a menudo 14+).

B. Pedelecs Rápidos (S-Pedelecs) y Bicicletas Eléctricas de Mayor Potencia

·        Potencia del motor: Hasta 4,000W (pero típicamente limitado a 500W–1,000W la mayoría de los países).

·        Asistencia de Velocidad: Hasta 45 km/h (28 mph).

·        Acelerador: Algunos modelos pueden tener un acelerador (pero se aplican restricciones).

·        Estado Legal: Clasificado como mopeds o vehículos L1e-A/L1e-B—requerir:

o   Casco (a menudo estilo motocicleta).

o   Licencia (varía: AM, M o licencia de automóvil en algunos países).

o   Registro y Seguro (responsabilidad civil de terceros).

o   Aprobación del Vehículo (se necesita aprobación de tipo).

2. Leyes de bicicletas eléctricas a nivel de la UE

·        Reglas de Aceleración: La mayoría de los países de la UE no permitir la operación solo con acelerador (debe ser asistencia de pedal). Algunos permiten un modo de asistencia para caminar (hasta 6 km/h).

·        Batería y Voltaje: Sin límites estrictos, pero la mayoría de las bicicletas eléctricas utilizan 36V o 48V sistemas.

·        Iluminación y Reflectores: Obligatorio en muchos países (luz blanca delantera, luz roja trasera, reflectores).

·        Frenos: Debe tener al menos dos sistemas de frenos independientes (por ejemplo, delantero y trasero).

3. Variaciones Específicas por País

Mientras que la ley de la UE establece un mínimo, algunos países tienen reglas adicionales:

País

Diferencias Clave

Alemania

- Acelerador permitido hasta 6 km/h (modo de caminar).
S-Pedelecs se requieren matrículas y seguro.

Francia

Sin limitador (solo asistencia de pedal estricta).
S-Pedelecs necesito un licencia AM (14+).

Países Bajos

Límite estricto de 25 km/h; la policía hace cumplir la sintonización de velocidad.
Sin licencia para pedelecs estándar.

España

Se requiere casco todas las bicicletas eléctricas (incluso los modelos de 25 km/h).
S-Pedelecs tratados como ciclomotores.

Reino Unido (post-Brexit)

- Sigue reglas similares de la UE (250W, 25 km/h).
Acelerador permitido hasta 6 km/h sin pedalear.

 


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